Certificado Medico de Aptitud para Porte y Tenencia de Armas

Manejo de Armas

PROTEGER IPS, “Profesionales en salud ocupacional y calidad” presta servicios para apoyar la atención integral en salud de acuerdo con los principios de calidad y oportunidad. Hoy en día comprometidos para prestar servicios para la expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego. Mediante la resolución Resolución N. 201 de 2017 de 012 de junio de 2017, se inscribe en el registro de instituciones especializadas ante el Ministerio de Defensa Nacional – Dirección General de Sanidad Militar – Subdirección de Salud, a la institución Especializada “PROTEGER CRC”, MATRICULA 00221985 del 12 de octubre de 2011, para expedir el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la tenencia y Porte de Armas de Fuego ENTIDAD: PROTEGER CRC.

Requisitos mínimos para poder expedir Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego ante la dirección sanidad militar.
  • Resolución N. 201 de 2017 de 012 de junio de 2017
  • ACREDITACIÓN ONAC ISO/IEC 17024:2024 NTC ISO/IEC 17024:2024
PROTEGER IPS, “Profesionales en salud ocupacional y calidad” expedirá Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la tenencia y Porte de Armas de Fuego. cumpliendo con la legislación vigente Ley 1119 de 2006, Decreto 2858 de 2007 de la Presidencia de la República y Ministerio de Defensa, la Resolución 2984 de 2007 y el Decreto 1809 de 1994 del Ministerio de Defensa Nacional, legislación que establece los criterios y parámetros de la evaluaciones médicas y expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la tenencia y Porte de Armas de Fuego.

LEGISLACION EN COLOMBIA

En Colombia existen leyes y decretos que reglamentan y exigen para la expedición de Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la tenencia y Porte de Armas de Fuego..
  • Ley 1119 de 2006 del Ministerio de Defensa
  • Resolución 2984 de 2007 del Ministerio de Defensa
  • Decreto 2858 de 2007 de Presidencia y Ministerio de Defensa
  • Ley 1539 de 2012 Porte y Tenencia de Armas Seguridad Privada
  • Decreto 2368 de noviembre 22 de 2012
  • Decreto 738 de 2013
  • Sentencia C-460 de 2013
  • Decreto 26 de 2017 Ministerio de Defensa Nacional

El certificado porte armas de fuegoEl Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego es un documento el cual certifica que el aspirante a obtener por primera vez la autorización y/o revalidación para la tenencia y el porte de armas de fuego, posee la capacidad de visión, orientación auditiva, la capacidad motriz, y la capacidad física general cumpliendo con los rangos de aprobación de la resolución 2984 del 2007.

Para PROTEGER IPS “Profesionales en salud ocupacional y calidad” es importante realizar este examen de aptitud psicofísica para permiso porte o tenencia de armas con todos los estándares de calidad y aplicando rigurosamente la normatividad vigente en nuestro territorio logrando determinar que todo solicitante o aspirante está exenta de toda incapacidad física o mental, aguda o crónica, capaz de causar cualquier ineptitud funcional que pueda afectar el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la licencia o Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego de competencia que solicita o ya posea, comprometiendo la seguridad en la actividad que se lleve a cabo.

El solicitante deberá estar libre de afecciones mentales. Se exigirá capacidad intelectual y emotividad acordes a la actividad que se pretenda desempeñar. Deberá haber ausencia de vicios inveterados, de uso de sustancias psicoactivas, de uso problemático de ciertas sustancias y de toda otra alteración capaz de afectar su equilibrio psíquico y comprometer su seguridad y la de los demás.

NUESTRO CAPITAL HUMANO

Para la prestación de este servicio de exámenes médicos y expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego, contamos con médicos especialista en salud ocupacional o medicina del trabajo equipo interdisciplinario conformado por dos Médicos especialistas en Salud Ocupacional, Fonoaudiólogo especialistas en Salud Ocupacional, Optómetra especialistas en Salud Ocupacional y Psicólogo especialistas en Salud Ocupacional, permitiendo velar a través de estos exámenes médicos, que quienes adquieren armas, no representen riesgo, ni peligro social alguno y de igual forma sean idóneos en la manipulación de las mismas, acorde a la gran responsabilidad que sugiere el hecho de otorgar armas con la aprobación de los examen y por ende la entrega del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

Con este documento “Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego” se certifica que el aspirante puede obtener por primera vez la autorización y/o revalidación para la tenencia y el porte de armas de fuego, posee la capacidad de visión, capacidad auditiva, la capacidad motriz, y la capacidad física general cumpliendo con los rangos de aprobación de la resolución 2984 del 2007.

REQUISITOS DEL ASPIRANTE PARA LA REALIZACIÓN DE LOS EXÁMENES MÉDICOS Y OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO MÉDICO DE APTITUD PSICOFÍSICA PARA LA TENENCIA Y EL PORTE DE ARMAS DE FUEGO

El aspirante podrá solicitar con anticipación su cita previa, e l día de la cita, acercarse a las instalaciones de nuestro centro médico PROTEGER IPS “Profesionales en salud ocupacional y calidad”, quince minutos antes de la misma. Presentar su documento de Identidad original (Cédula de ciudadanía o Cédula de Extranjería.)

Porte y Tenencia de Armas
  1. Informar en nuestra recepción el tipo de trámite que se va realizar exámenes médicos para expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego y la categorías; Las categorías son las siguientes:
  •  Porte y Tenencia Civil de Armas de Fuego.
  • Porte y Tenencia de Armas de Fuego para Seguridad Privada y Fuerzas Armadas.
2. Para iniciar el proceso de expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego usted debe diligenciar la información requerida en el formulario de solicitud que se le entrega en la recepción de d nuestro centro médico PROTEGER IPS “Profesionales en salud ocupacional y calidad”.
  • Acceder la captura de una fotografía.
  • Acceder la captura de su firma en un pad de firmas.
  • Acceder capturar su huella para validar la identidad.
Una vez el sistema valide satisfactoriamente su identidad, se procede a realizar las evaluaciones.

3. Pasar por cada una de las pruebas que conforman el examen (fonoaudiología, optometría, psicología y medicina general).

En cada prueba se le pedirá que suministre la huella al inicio y al final del examen.

NOTA: El solo hecho de presentarse al proceso de certificación, NO asegura que el usuario sea apto, ya que dicha aptitud se establece de acuerdo el resultado de las evaluaciones.

4. Una vez realizadas las 4 evaluaciones, un médico Especialista en Salud Ocupacional basado en los criterios de aprobación definidos en la resolución 2984 de 2007, decide si otorga o no la certificación médica de aptitud psicofísica o Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego. Acto seguido se publican los resultados en la página web, para consulta de la Dirección General de Sanidad Militar y organismos asociados.

Para la expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego los profesionales de la salud de las instituciones, realizarán las exploraciones, valoraciones y entrevistas necesarias para verificar que la persona examinada no padece alguna enfermedad o deficiencia física o psicológica que pueda suponer incapacidad para manipular un arma de fuego.

El profesional de salud PSICÓLOGO realizaran las siguientes evaluaciones o examen para expedir Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

EVALUACION PSICOMOTRIZ: Requiere la valoración psicológica general y la realización de pruebas necesarias para establecer o corroborar los antecedentes clínicos con el fin de determinar el cumplimiento de los rangos establecidos por el Ministerio de Defensa Nacional referentes a:

Porte y Tenencia de Armas
  • a) La Capacidad Mental: Relacionada con la capacidad que tiene el aspirante de responder a un estímulo como resultado de un proceso cerebral producto del aprendizaje, de forma que se encuentre en condiciones de relacionarse con su entorno, mantener el sentido de la realidad, de la orientación tempo-espacial, de la comprensión y discernimiento para la construcción del pensamiento lógico; en este examen se deben observar patologías como el Retraso Mental, Psicosis, Neuroticismo, Personalidades Psicopáticas con agresividad e Inadaptación social y la presencia de depresiones manifiestas o evidencias de intentos de suicidio entre otras;
  • b) La Coordinación Integral Motriz: Mide la destreza del aspirante para ejecutar acciones precisas y rápidas utilizando la visión, la audición y los miembros superiores y/o inferiores en forma simultánea. Incluye la coordinación manual, bimanual, reacciones múltiples, percepción de la velocidad y la integración estímulo respuesta y la capacidad de adquirir, discriminar y responder frente a estímulos.
Porte y Tenencia de Armas

El profesional de salud OPTOMETRA realizaran las siguientes evaluaciones o examen para expedir Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

CAPACIDAD DE VISION: El profesional de la salud correspondiente, deberá realizar las diversas pruebas que le indiquen si las condiciones generales de la capacidad de visión del individuo son las mínimas para el manejo de armas con seguridad. Incluye la valoración de los ítems y rangos establecidos por el Ministerio de Defensa Nacional.

El profesional de salud FONOAUDILOGO realizaran las siguientes evaluaciones o examen para expedir Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

CAPACIDAD AUDITIVA: El profesional de la salud respectivo realizará al solicitante una audiometría para determinar los niveles mínimos de audición que tiene la persona en cada uno de los oídos y su orientación auditiva. De acuerdo con los rangos establecidos por el Ministerio de Defensa Nacional.

Los Médicos especialista en salud ocupacional y medicina del trabajo realizaran las siguientes evaluaciones o examen para expedir Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

CAPACIDAD FÍSICA GENERAL: Una vez efectuadas las pruebas anteriores, el solicitante deberá someterse a una evaluación de medicina general, en la que además de la valoración física general, el profesional de la salud indagará al solicitante, ayudado con una entrevista estructurada, sobre su historial médico o diagnóstico clínico, de manera que le permita deducir el cumplimiento de los rangos establecidos por el Ministerio de Defensa Nacional.

El examen físico debe estar dirigido a determinar:

  • Presencia de enfermedades del sistema nervioso central, tanto en la vía piramidal como de la extrapiramidal.
  • Determinación de las funciones de coordinación motriz y examen neurológico completo,
  • Examen físico general
Los diagnósticos correspondientes a las evaluaciones médicas, serán suscritos por los profesionales de la salud que los realizaron en forma independiente, pero el diagnóstico se otorgará en un solo documento que Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

ANTECEDENTES DE LA LEGISLACIÓN EN COLOMBIA PARA LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO MÉDICO DE APTITUD PSICOFÍSICA PARA LA TENENCIA Y EL PORTE DE ARMAS

LEY 1119 DE 2006 Por la cual se actualizan los registros y permisos vencidos para el control al porte y tenencia de las armas de fuego y se dictan otras disposiciones y Requisitos para solicitud de permiso para tenencia y porte de armas o Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego. 

RESOLUCIÓN 2984 DE 2007. Por la cual establecen los rangos para medir y evaluar la aptitud psicofísica para el uso de armas y los requisitos mínimos que debe acreditar el certificado médico de aptitud psicofísica para el uso de armas hoy en día Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

DECRETO 2858 DE 2007. por el cual se reglamenta la expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego y el procedimiento para obtener el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego que debe presentar todo aspirante a obtener por primera vez y/o por revalidación, el permiso para el porte o tenencia de armas de fuego, así como quienes pretenden obtener el permiso para prestar el servicio de vigilancia privada.

LEY 1539 DE 2012. Por medio de la cual se implementa el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego y se dictan otras disposiciones en relación Las personas naturales que sean vinculadas o que al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, estén vinculadas a los servicios de vigilancia y seguridad privada (vigilantes, escoltas y supervisores) y que deban portar o tener armas de fuego, deberán obtener el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego, sanciones para las entidades jurídicas cuando presente servicio y sus trabajadores obligados a realizar examen médicos para expedir el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego no tenga dicho certificado y implementación de Sistema Integrado de Seguridad en la expedición del certificado de aptitud psicofísica para evitar fraudes.

DECRETO 2858 DE 2007. Por el cual se reglamenta la expedición del Certificado médico de aptitud psicofísica para la tenencia y el porte de armas de fuego y el procedimiento para obtener el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego que debe presentar todo aspirante a obtener por primera vez y/o por revalidación, el permiso para el porte o tenencia de armas de fuego, así como quienes pretenden obtener el permiso para prestar el servicio de vigilancia privada.

Decreto 738 de 2013. CERTIFICADO DE APTITUD PSICOFISICA PARA EL PORTE Y TENENCIA DEARMAS DE FUEGO PARA LAS PERSONAS QUE PRESTEN EL SERVICIO DEVIGILANCIA. Con la expedición del Decreto 738 de 2013, se deroga el Decreto 2368 de 2012 y reglamenta parcialmente la Ley 1536 del 2012, que hacen referencia al Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego que deben tener las personas vinculadas o que se vinculen a entidades que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada, y que durante el desarrollo de esta actividad implique el porte o tenencia de estos elementos. Al respecto, debemos indicar que la norma en comento es clara al enunciar que el mencionado Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego, no reemplaza de ninguna manera la obligación del empleador de realizar los exámenes médicos ocupacionales tales como ingreso, periódico, retiro etc., por lo tanto se convierte en obligatorio contar con el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego para aquellos trabajadores que presten servicios a una empresa de vigilancia y que dentro del desarrollo de sus labores deban portar armas de fuego. En este orden de ideas, es importante resaltar que de acuerdo con la normatividad en estudio (Decreto 738 de 2013), la expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego le corresponde a la ARL, quien deberá realizarlo por intermedio de instituciones debidamente acreditas para la realización de este tipo de exámenes, la expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego no tendrá ningún costo para el empleador y la vigencia del mismo es por un año.

Vale en este punto destacar, que el incumplimiento de lo estipulado en el Decreto 738 de2013, trae como consecuencia la imposición de sanciones administrativas tanto a las personas naturales como jurídicas que presten estos servicios, sin contar con el respectivo Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego; la investigación y la aplicación de sanciones estará encabeza de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Por último, en aras de evitar inconvenientes la norma estipuló un plazo máximo de doce (12) meses para que las empresas procedan con la implementación del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego para aquellos trabajadores que dentro del desarrollo de sus labores deban portar armas de fuegos.

Sentencia C460 de 2013. Por medio de la cual se implementa el Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego y se dictan otras disposiciones

Sentencia C-530 de 2015. CERTIFICADO DE APTITUD PSICOFISICA PARA PORTE Y TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO-Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda. La Ley 1539 de 2012 no viola la libertad de escoger un oficio establecido en el artículo 26 de la Constitución Política – La Ley 1539 de 2012 establece la obligatoriedad del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego, para las personas naturales que sean vinculadas o que al momento de la entrada en vigencia de la ley, estén vinculadas a los servicios de vigilancia y seguridad privada

DECRETO 26 de 12 de enero de 2017. Ministerio de defensa nacional (mindefensa) contenido: ministerio de defensa nacional. adiciona los decretos 1070 de 2015, decreto único reglamentario del sector administrativo de defensa y 1079 de 2015, decreto único reglamentario del sector transporte, en lo relativo al sistema integrado de seguridad para la expedición del Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego previsto en la ley 1539 de 2012, por parte de las instituciones prestadoras de los servicios de vigilancia y seguridad privada (vigilantes, escoltas y supervisores).

Temas específicos: supervisor, utilización de armas de fuego, empresa de servicio de vigilancia y seguridad privada, porte de armas, permiso para el porte de armas, vigilante, organismos del servicio de vigilancia y seguridad privada, superintendencia de vigilancia y seguridad privada, armas de fuego, prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada.

Proteger IPS. Exámenes médicos ocupacionales con un amplio portafolio en medicina preventiva, laboratorio clínico, seguridad industrial y todo lo relacionado con el Sistema Gestión Seguridad Salud Trabajo (SG-SST), Certificado Médico de Aptitud Psicofísica para la Tenencia y el Porte de Armas de Fuego.

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